02 Dic Beneficios Fiscales: Tu Donación Desgrava
Tu colaboración no solo contribuye al desarrollo rural, sino que también se beneficia de las ventajas fiscales de la Ley 49/2002 de incentivos fiscales y mecenazgo. Esto significa que puedes deducir hasta un 80% de tu donativo en tu declaración del IRPF.
Para Personas Físicas:
- 80% de deducción para los primeros 250 € donados.
- 40% de deducción para el importe que supere los 250 €.
Si has realizado donaciones durante al menos tres años consecutivos a nuestra Fundación, por un importe igual o superior, tu deducción para el tramo superior se incrementa al 45%.
Ejemplo:
Si donas 21 € al mes (252 €/año): Hacienda te devolverá 200,80 €.
Para Personas Jurídicas:
- 40% de deducción del importe donado.
- 50% de deducción si has realizado donaciones periódicas de igual o mayor importe durante al menos tres años consecutivos.
Límite máximo: Estas deducciones tienen como tope el 10% de la base liquidable.
Obtén tu Certificado de Donación
Para beneficiarte de estas deducciones, necesitaremos tus datos personales (nombre, apellidos, NIF y dirección). Tras realizar tu donación, envíanos esta información y te enviaremos el certificado correspondiente que podrás incluir en tu declaración de impuestos.